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Reforma laboral

10 puntos clave para las empresas

Reforma laboral 2019

El 1 de mayo de 2019 se promulgó la Reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva.

Esta reforma será obligatoria de forma progresiva, es decir, se indican diferentes fechas para el inicio de la vigencia y aplicación de cada una de las nuevas disposiciones, sin embargo es de vital importancia conocer las nuevas obligaciones de las empresas y sus alcances.

Para mayor información sobre este comunicado, estamos a sus órdenes a través de los medios de contacto de nuestro Despacho.

Desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje que dependían principalmente del Poder Ejecutivo, los conflictos entre trabajadores y patrones ahora serán resueltos por Tribunales del Poder Judicial.
El objetivo es implementar procesos judiciales que se resuelvan en breve tiempo, dando prioridad a la conciliación como medio para la solución de los conflictos.

Se crea el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, el cual se encargará de registrar a nivel nacional todas las organizaciones sindicales existentes o aquellas de nueva creación, así como llevará el registro del reglamento interior de trabajo, los contratos colectivos que se celebren y sus revisiones.

Por regla general, el patrón está obligado a entregar por escrito al trabajador los motivos por los cuales decide dar por terminada la relación laboral, y por la simple falta de entrega de este aviso se entiende que el despido fue injustificado, condenando al patrón al pago de las indemnizaciones de ley.

Se modifica esta regla general para que aún y cuando no se haya entregado el aviso, el patrón podrá ofrecer pruebas para comprobar que el despido fue justificado con base en la ley, y en caso de acreditarlo se evitará el pago de indemnizaciones.

Se establece en la ley la validez de los convenios de terminación de la relación laboral sin necesidad de acudir a los Tribunales para su ratificación.

La renuncia y pago del finiquito del trabajador aún serán válidas, sin embargo, además de estos documentos se sugiere utilizar el convenio para comprobar el termino de la relación laboral.

En el contrato individual de trabajo se deberá de indicar el nombre de los beneficiarios para el pago de prestaciones no cobradas en caso de fallecimiento del trabajador.

No tendrá efecto legal la estipulación en el contrato que se registre al trabajador con un salario menor al que realmente recibe, o aquella en la que se estipule condiciones de trabajo falsas o simuladas para evitar el cumplimiento de obligaciones laborales o de seguridad social.

Los recibos de pago contenidos en comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI) sustituyen a los recibos impresos y servirá como prueba del pago del salario aún sin la firma del trabajador.

Se sugiere resguardar esta documentación, así como la información bancaria del trabajador donde le es transferido su pago, durante la relación laboral y hasta por cinco años posteriores al termino de la misma.

El patrón tendrá la obligación de implementar un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia, acoso y hostigamiento sexual, así como erradicar el trabajo forzoso e infantil.

El incumplimiento de esta obligación podrá ser sancionado de 50 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización.

El patrón tendrá la obligación de entregar a cada uno de sus trabajadores, un ejemplar impreso del contrato colectivo o de su revisión, dentro de los quince días siguientes a que dicho contrato sea depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

Los contratos colectivos actuales deberán de actualizarse (revisión salarial y contractual) al menos una vez antes de mayo 2023. Esta revisión deberá ser aprobada por la mayoría de los trabajadores mediante su voto personal, libre y secreto.

Para la celebración de un nuevo Contrato Colectivo, se requiere que el Sindicato compruebe que cuenta con el respaldo de por lo menos treinta por ciento de los trabajadores que se beneficiarán del Contrato.

En caso de que dos o más sindicatos pretendan negociar y celebrar un nuevo Contrato Colectivo con un mismo patrón, la Autoridad convocará a una consulta donde los trabajadores deberán de emitir su voto libre y secreto con la finalidad de que el sindicato que obtenga mayor número de votos sea el que pueda negociar el contrato colectivo.

Los Tribunales Laborales tendrán la facultad de ordenar al patrón que mantenga inscrita ante el IMSS a la trabajadora que haya sido despedida por motivo de su embarazo mientras se resuelva el juicio laboral.

Cuando se reclame por un trabajador(a) discriminación en el empleo, por embarazo, orientación sexual, o por identidad de género, así como en los casos de trabajo infantil, el tribunal podrá ordenar al patrón el cumplimiento de las medidas necesarias para evitar que se cancele el goce de derechos fundamentales, tales como la seguridad social.

Antes de acudir a los Tribunales para promover una demanda laboral, los trabajadores deberán de asistir al Centro de Conciliación para solicitar el inicio del procedimiento de conciliación con la finalidad de procurar un acuerdo entre ambas partes.

El convenio que se celebre en esta etapa tendrá el carácter de sentencia.
En caso de no llegar a un acuerdo, el trabajador iniciará el procedimiento correspondiente, el cual de acuerdo a la reforma implementa nuevas reglas y fases para hacer más eficiente la función judicial.


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